ERMITA DE SAN JULIÁN
Cuenca,
3 de julio de 1795. El Cabildo acepta la ermita de San Julián que donó D.
Antonio Mazo de la Vega en la siguiente escritura:
«Entre
las alhajas y bienes heredados de mis difuntos padres, y de los que he
dispuesto ya por considerar poco distante la muerte, la que más llama y debe
llamar mi atención es el sitio de nuestro patrono, el Sr. San Julián, con el
nombre del Tranquilo, venerado y mirado con respeto y especial devoción,
no solo en el obispado sino fuera de él.
Por
la memoria y tradición recibida de que se retiraba a él nuestro santo patrono a
ejercer el trabajo de sus manos con mayor quietud, o lo que es más verosímil, a
dirigir sus votos al cielo, enviar amorosos y abrasados suspiros desde las
roturas de aquellas piedras a beneficio de su rebaño y atraer las bendiciones
de su Dios.
Y
deseando el santo, sin duda, corresponder a mis acertados designios, parece que
ha inspirado y quiere ser el sucesor en este derecho (pues confieso
abiertamente no haber tenido hasta ahora semejante pensamiento). ¿Y qué sucesor
podía haber imaginado ni más seguro, ni más agradecido, ni más santo?
Por
tanto, señor, desde luego la ofrezco a sus pies bajo la protección y sombra de
V.S.I. (Vuestra Señoría Ilustrísima), que si se digna aceptar esta donación
(que no dudo de la del santo), dará las providencias que juzgue oportunas y
eficaces.
Para
el pronto logro de mis deseos, previniendo que paran en mi poder y entregaré a
una insinuación de V.S.I. los instrumentos de pertenencia y demás que contienen
los privilegios de la referida ermita, como también los ornamentos sagrados,
curiosos y decentes para la celebración del santo sacrificio de la misa.
En
conformidad a lo prevenido en la escritura de propiedad y cesión, estando
pronto a otorgar la nueva que corresponde para el expresado efecto. Nuestro
Señor prospere dilatados años la importante vida de V.S.I. como deseo.
Cuenca,
3 de julio de 1795. Firmado: Antonio Mazo de la Vega».
En la
ciudad de Cuenca, a 11 de agosto de 1795, ante mí el escribano y testigos
infraescritos, D. Antonio Mazo de la Vega, presbítero medio-racionero de la
Santa Iglesia Catedral de ella, dijo:
Que
D. Manuel de Uría y Tovar, del consejo de S.M., alguacil mayor en el Real y
Supremo de Guerra, y guarda mayor de todos los que gozaban el fuero militar,
vecino de Madrid, en el día 10 de abril de 1720 otorgó escritura ante José
Ventura de Haro y Miota, escribano que fue del número de esta ciudad, a favor
de D. Mateo de Zeza, vecino que fue de ella, haciéndole gracia y donación de la
ermita, casa y santuario de nuestro patrón San Julián, que llamó del Tranquilo,
con lo demás a ella perteneciente.
La
misma que a sus expensas y devoción había hecho y edificado D. Francisco del
Pozo, presbítero capellán que fue de San Ildefonso en esta dicha Santa Iglesia,
quien por su última disposición la donó y cedió al Sr. D. Francisco de
Zubiahurre y Ontiveros, canónigo que fue de esta Santa Iglesia Catedral.
Y por
su fallecimiento abintestato, quedó único heredero de todos sus bienes el
citado D. Manuel de Uría y Tovar, su sobrino; y como entre ellos lo fue la
expresada ermita, casa y sitio, en uso de su derecho hizo la referida cesión al
prenotado D. Mateo de Zeza llevado del mucho celo y devoción que tenía al
santo, habiendo hecho a sus expensas un puente para el paso del río Júcar, que
sin este no podía irse a la citada ermita.
Y con
las esperanzas de que lo continuaría para él sus hijos, herederos y sucesores y
las otras personas que a su título o causa hubiere en cualquier manera,
existiendo los instrumentos de pertenencia de dicha ermita en el archivo de la
iglesia parroquial de San Juan Bautista de esta ciudad, donde los puso D.
Francisco de Zubiahurre para su seguridad y confianza.
Y
para que dicho sitio de San Julián tuviera mayor distinción y amplitud, acudió
D. Francisco del Pozo a los señores:
- D. Diego Castillo y Peralta
- D. Rodrigo de Pedraza y Salazar (caballeros del
hábito de Santiago)
- D. Mateo Castillo y Peralta
- D. Juan Domínguez
Todos
regidores de esta ciudad y comisarios nombrados por su Ayuntamiento para
diferentes asuntos. Y en efecto, le señalaron e hicieron gracia desde la peña
que hace punta al río Júcar, frente de la orilla que está a la otra parte del
río y llaman de San Juan de la Ribera, encima del camino que viene de la Hoz
del Júcar abajo.
Y
dicha peña está bajo el camino que llaman el Escalerón, por donde suben las
cabalgaduras de dicha ermita, que dista de ella dos vueltas y cae al
desaguadero de la tercera vuelta viniendo de dicha ermita, por donde quedó
amojonado. Y desde la dicha peña, aguas vertientes y hacia esta ciudad, va
subiendo con sus mojones hasta encima de la segunda cimbra de peñas, por donde
quedó amojonado.
Continuándose
por sobre la dicha cimbra y ermita, por donde quedó igualmente amojonado, hasta
unos colmenares del fundador. Y proseguía por encima de dichos colmenares y
cimbra de peñas hasta la punta de peña que está enfrente de la entrada de D.
Cristóbal de Arnedo.
Que
en dicha heredad había una fuente y por encima de ella el camino real que viene
de la Puente del Tranche, Verdelpino y Valdecabras; por encima de las peñas del
camino bajo de la hoz del río, cerca del molino de la Ceña, donde cerraba dicho
sitio con el camino que venía de dicha ermita, la citada hoz arriba hasta
Embid, por encima de la primera cimbra del río Júcar que está bajo de dicha
ermita del Sr. San Julián.
Como
todo se reconocía por los mojones que quedaron puestos, y todo el sitio tendría
de circuito un cuarto de legua y de ancho 250 pasos, poco más o menos, como así
resulta de la escritura de cesión y concesión que dichos comisarios otorgaron
en 25 de abril de 1791 ante Manuel Herraiz Guerra, escribano del número y
Ayuntamiento que fue de esta muy noble y muy leal ciudad. Y por la misma
resultó que dicho distrito fue acotado y vedado de pasto común para con los
ganaderos.
Y
habiendo recaído últimamente dicho sitio, ermita, casa, tierras y demás en D.
Antonio Mazo de la Vega, como hijo y heredero del Ldo. D. Lorenzo Mazo de la
Vega, abogado de los Reales Consejos, su padre, que lo fue igualmente de D.
Enrique y Dña. Clara Mazo de la Vega, nietos estos de D. Mateo de Zeza, a quien
donó el expresado sitio de San Julián el Tranquilo D. Manuel de Uría y Tovar.
Y
deseoso D. Antonio Mazo de que en tiempo alguno pierda el santo la continua
devoción que los vecinos de este pueblo y de la contorna le han tenido y tienen
por falta de ruina que puede sobrevenir de su ermita y casa, o por otro motivo
por defecto de persona que la atienda, repare y cuide como hasta aquí lo ha
hecho el otorgante y sus predecesores, surtiéndola de los ornamentos necesarios
para la celebración del santo sacrificio de la misa, presentó memorial a los
señores Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia Catedral.
Manifestando
que, entre las alhajas y bienes heredados de sus difuntos padres y de los que
había dispuesto por considerar poco distante la muerte, la que más le llamaba y
debía llamar su atención era el sitio de nuestro patrón el Sr. San Julián el
Tranquilo.
Y
deseando el santo, sin duda, corresponder a sus acertados designios, le parecía
le había inspirado que quería ser su sucesor en este derecho, confesando
abiertamente no haber tenido hasta ahora semejante pensamiento, ofreciéndole a
sus pies bajo la protección y sombra de dichos señores Deán y Cabildo. Que si
se dignasen aceptar esta donación (que no dudaba de la del santo), daría las
providencias que juzgase oportunas y eficaces para el pronto logro de sus
deseos, con la prevención de parar en su poder y entregar a una insinuación de
dichos señores los instrumentos de pertenencia y demás que contienen los
privilegios de la referida ermita, con todos los ornamentos sagrados, curiosos
y decentes para la celebración del santo oficio de la misa.
Y por
decreto de dichos señores Deán y Cabildo, en el que se celebró el 3 de julio de
este año, acordó admitir esta donación bajo la protección y cuidado del
Cabildo, el que quedaba muy agradecido a tan piadosa memoria, por lo que le
daban muchas gracias, mandándolo con los documentos a la Junta de Hacienda. En
la que esta celebró el 23 de julio, acordó entre otras cosas que el referido D.
Antonio Mazo procediese a formalizar y otorgar la correspondiente escritura por
la que dona al Sr. San Julián todo lo referido a dicha ermita, y sus herederos
no podrán reclamar en ningún tiempo.
Siendo
testigos:
- D. José Antelo y Villoria, presbítero beneficiado
de la parroquia de San Miguel Arcángel.
- D. Antonio Bayo, que lo es de la de Santo
Domingo.
- D. Alfonso Julián de Vela, procurador síndico
personero del común de esta ciudad y todos vecinos y residentes de ella.
Firmado:
Antonio Mazo de la Vega Juan José Tenajas
Ante
mí: José Collado de Escala
Autores
Juliana
Toledo Algarra
Sebastián
Hernández de Luján
Fuentes
AHPC.
Protocolos Notariales. Protocolo número: 1480 Escribano José Collado de Escala

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