ARCHIVO DEL MARQUÉS DE CAÑETE. 1562
Diego de Campuzano vecino de Cuenca, dijo que por cuanto el muy Ilmo. sr D. Diego Hurtado de Mendoza, marques de Cañete, guarda mayor de la dicha ciudad, dio poder a Diego de Montoya, vecino de dicha ciudad que estaba ausente, para que, como su mayordomo, recibiese y cobrase su hacienda y tuviese cuenta con ella.
Blasón de los Marqueses de Cañete |
Y para ello dio y entrego muchas
escrituras, y ahora el dicho se marqués ha dado al dicho Diego de Campuzano el
dicho poder para recibir, cobrar y administrar su hacienda. Y para ello ha
mandado que el dicho Diego de Montoya, le dé y entregue las dichas escrituras
que él tenía para dicho efecto. El cual, en cumplimiento de ello, se las quiere
dar y entregar, y para darle cuenta de ellas a su señoría, las quiere recibir y
recibe del dicho Diego de Montoya por inventario, ante mi Gabriel Ruíz
escribano público, las que son las siguientes:
ü Escritura en pergamino con un sello de plomo, que es el
privilegio de las Salinas de Cañete, fechado en Burgos 12 agosto 1417.
ü Privilegio en pergamino con un sello de plomo, de las
Libertades de Cañete, fechado Simancas 29 mayo 1420.
ü Privilegio del rey D. Enrique, confirma las Franquezas de
dicha villa de Cañete, escrito en pergamino con su sello de plomo, fechado
Madrid 15 diciembre 1393.
ü Privilegio escrito en pergamino rodado, que parece haber
tenido sello de plomo, del Mercado y Franquezas de Cañete, fechado en León 24
Julio 1324.
ü Privilegio rodado del rey D. Enrique, que es la Merced
que hizo a Juan Martinez de Luna, de la villa de Cañete, fechado Madrid 30 marzo
1400. Parece haber tenido sello pendiente.
ü Privilegio del rey D. Enrique, en pergamino con su sello
de plomo pendiente, es la Confirmación a Juan Hurtado de Mendoza de la dicha
villa de Cañete, fechada en Valladolid 25 Julio 1401.
ü Privilegio del rey D. Enrique en pergamino con su sello
de plomo, de las Franquezas de dicha villa de Cañete, fechado Valladolid 1 junio
1401.
ü Privilegio del rey D. Enrique en pergamino con su sello
de plomo, confirma los privilegios de dicha villa de Cañete tiene de Mercado y
sus Franquezas, fechado Madrid 15 diciembre 1393.
ü Privilegio de los Reyes Católicos D. Fernando y Dª
Isabel, en pergamino con el sello de plomo, confirma los Privilegios y
Confirmaciones que Cañete tiene del rey D. Enrique, fechado en Toledo octubre
1477. Librado por los contadores.
ü Privilegio del rey D. Enrique en pergamino con su sello
de plomo, confirma Merced que los vecinos de Cañete tienen de no pagar servicio
ni montazgo, fechado en Madrid 15 diciembre 1393.
ü Privilegio en pergamino del rey D. Enrique, que confirma
el privilegio que los vecinos de dicha villa de Cañete tienen de no pagar el
pecho que dicen del yantar del rey, fechado Madrid 15 diciembre 1393.
ü Privilegio del rey D. Enrique escrito en pergamino con su
sello de plomo, confirma los privilegios y sanciones que los vecinos de la
villa de Cañete tienen, fechado Valladolid 22 mayo 1402.
ü Privilegio rodado del rey D. Alonso en pergamino que
parece haber tenido sello, que hace merced a Cañete, de las franquezas y
libertades que tiene los vecinos de Cuenca, fechado Murcia 20 Julio 1309.
ü Escritura de venta que otorga D. Juan Martinez de Luna a
favor de Juan Hurtado de Mendoza, mayordomo del rey, de la villa y castillo de
Cañete, en pergamino y signada de Ochoa Martinez, escribano del rey fechada
Salamanca Viernes 18 junio 1401.
ü Privilegio del rey D. Juan en pergamino con su sello,
confirma libertades y franquezas de Cañete, y las franquezas y exenciones,
fechado Simancas 22 mayo 1420.
ü Privilegio del rey D. Enrique en pergamino, confirma a
Cañete el mercado y franquezas y exenciones, que dicha villa de Cañete tiene, y
como la hace villa de por sí, fechado Valladolid 20 marzo 1401.
ü Privilegio en pergamino con sello de plomo, de las
libertades que dan a Cañete, que es tan antiguo que no puede leer el año que se
dio.
ü Escritura en pergamino sellada con sello de cera,
pendientes hilos de seda, que es la Apelación de la heredad del valle, con las
preeminencias de los señores de ella. Signada de Juan Ximénez escribano,
fechada Moya 11 noviembre 1424.
ü Privilegio del rey D. Juan, confirma merced de las
Salinas de Cañete, fechado Palencia 30 julio 1409.
ü Privilegio del rey D. Juan, confirma los privilegios y
buenos hechos y costumbres de la villa de Cañete y Valdemeca, en pergamino
sellado con su sello de plomo, fechado Alcalá de Henares 3 agosto 1408.
ü Privilegio del rey D. Juan de confirmación de Libertades
y Exenciones y Mercado Franco y de su villa de Cañete, en pergamino y con su
sello de plomo, fechado Burgos agosto de 1417.
ü Carta ejecutoria de su majestad, librada de los señores
presidente y oidores de la Chancillería de Granada, entre las villas de Cañete,
Valdemeca y Moya y su tierra. Sellada con sello de plomo, pendiente en cordones
de seda, fechada Granada 1 diciembre 1526. Refrendada de Gómez Suárez escribano
de la Chancillería. Con ciertos autos al fin de ella, hecha en la villa de Moya
sobre los aprovechamientos de los términos de las dichas villas.
ü Carta ejecutada de su majestad de las villas de Cañete y
Valdemeca, contra los marqueses de Moya y su villa y tierra, que está en el
inventario viejo. La que dijo haber
dado por mandato de su señoría a Miguel de Rivilla, escribano de la villa de
Cañete. Como parece por una cédula de su señoría y carta de pago, de cómo la recibió
el dicho Miguel de Rivilla. Y el dicho Diego de Montoya, dio la cédula de su señoría
del dicho sr Miguel Rivilla escribano, al dicho Diego de Campuzano, y el la recibió.
Y parece por el inventario que la fecha es Granada 14 mayo 1548. Es sobre que
los de Moya y su tierra, no pueden hacer dehesas cerradas en su término y
tierra. Ha de cobrarla el Diego de Campuzano del dicho Rivilla.
ü Ejecutoria de su majestad, librada de los señores
presidente y oidores de Granada, en papel sellado dada a favor de las villas de
Cañete y Valdemeca, contra la villa de Moya y su tierra. Sobre el deshacer de
las dehesas, fechada en Granada 21 Julio 1546. El secretario Alonso Pérez de
Medina con ciertos autos al fin de ella, signado de Juan Mtnez, escribano de la
villa de Moya.
ü Testimonio de las 4 dehesas que se deshicieron de
Carboneras, Pajaroncillo, Boniches y Campillos, signada de Diego de Montalbán
escribano de su majestad.
ü Testimonio de los medio términos y dehesas que se
deshicieron en termino de Moya y sus tierras, signado de Diego de Montalbán,
escribano.
ü Carta ejecutoria de su majestad en papel, de las villas
de Cañete y Valdemeca contra la villa de Moya y su tierra. Sobre los
aprovechamientos de los términos, dada en Granada 1 diciembre 1526, refrendada
de Gómez Suárez escribano. Con ciertos autos y notificaciones, signados de
Alvar Ruíz, escribano del rey.
ü Provisión de su majestad, librada de los señores y
oidores de Granada, refrendada de Álvaro Pérez de Medina. Su fecha 17 septiembre
1537 con ciertos autos a las espaldas de él signados.
ü Carta de venta de las viñas de Santa Cruz, que otorgo Pedro
de Acuña, guarda mayor del rey, a favor de Dª Teresa de Guzmán mujer de Diego
Hurtado de Mendoza, fechada en Dueñas 10 junio 1462, signada de Juan Rodríguez
de Dueñas, escribano.
ü Testimonio de la villa de Cañete sobre los aprovechamientos
de la villa de Moya y su tierra, signada de Francisco de Peralta escribano de la
villa de Moya.
ü Escritura que dice determinación de las dehesas que el sr
Juan Hurtado tiene en tierra de Moya, signada de Pedro Rodríguez, escribano de
dicha villa. Y el consentimiento de la dicha apelación que hizo la dicha villa
de Moya, signado de dicho escribano.
ü Traslado simple de una donación de Juan Pérez Toyuela,
que hace a la reina Dª María de la heredad de la Reclova, tierra de Moya.
ü Pleito homenaje que hizo Jorge de Carcajona, del castillo
de Cañete, signada de Álvaro de Gumiel.
ü Escritura de donación de las salinas de Cañete, otorgada
por Antón Sáez, signada de Alonso Sáez de Torres.
ü Escritura de capitulación con Juanica de Monforte, sobre ciertas
maderas en tierras de Moya.
ü Escritura entre Jorge de Carcajona y Pedro de Carrera,
sobre la fortaleza de Cañete, signada de Álvaro Gumiel.
ü Pleito homenaje que hizo Jorge de Carcajona de la
fortaleza de Cañete ante Álvaro de Gumiel.
ü Memoria simple de los bienes que hay en Sta. Cruz.
ü Nombramiento de mercado de la villa de Cañete, hicieron
Diego Hurtado y su mujer Dª Isabel de Bobadilla.
ü Provisión de su majestad, de la Chancillería de Granada,
para que los de Moya vuelvan ciertas prendas que tomaron a los vecinos de La
Huerguina.
ü Memoria simple que dice lo que se han traído los de Moya
a tierra de Cañete.
ü Carta de censo de las Salinas de Cañete, signada de Fernando
de Resina, escribano.
ü Carta de censo de Diego Hurtado de Mendoza, contra
Francisco López y Fernando de la Flor, vecinos de Cañete, signada de Alonso
Ruíz escribano de Cuenca en 29 diciembre 1525, de las viñas de Sta. Cruz.
ü Pleito homenaje de Jorge de Carcajona de la fortaleza de
Cañete.
ü Provisión de su majestad de comisión al corregidor de
Cuenca, sobre los mojones que mudaron en termino de Cañete y su tierra.
ü Memoria simple que dice lo que hay en Sta. Cruz.
ü Inventario de la heredad de Alcalá, hecho en la villa de
Moya a 26 Agosto 1484, signado de Leonis de Villanueva, escribano.
ü Escritura autorizada de la heredad y del valle, sobre los
términos de Moya, signada de Miguel de Villanueva, escribano.
ü Escritura que dice testimonio de los autos declarados por
el Lcdo. Pompe de Cabrera, contra Moya y lugares de su tierra, signada de Diego
de Montalbán, escribano.
ü Apelación de las dehesas y heredades que están en tierra
de Moya, signada de Miguel de Villanueva, escribano de Cuenca.
ü 4 escrituras signadas de Diego de Maldonado, escribano,
de las posesiones de las viñas de Sta. Cruz.
ü Escritura signada de Fernando de Resin, escribano, de las
heredades de tierra de Moya y Cañete.
ü Memoria y relación de las armas que hay en la fortaleza
de Cañete.
ü Envoltorio de escritura que dice en la cubierta,
escrituras tocantes a lugares y tierras de Moya.
ü Escritura sobre la dehesa del Valle de Carmona, signada
de Bartolomé Sánchez, notario de la villa de Castielfabib de Aragón.
Aquí quedo el dicho inventario,
el dicho día. Y el dicho Diego de Campuzano lo firma de su nombre. Testigos
Francisco de Espinosa y Diego Ramírez, criados del sr Fernando de Mendoza,
arcediano de Toledo, estantes en esta ciudad.
Autores
Juliana Toledo Algarra
Sebastián Hernández de Luján
Bibliografía
AHPC. Fondo Protocolos
notariales. Escribano Gabriel Ruíz nº 357, año 1562
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