TESTAMENTO DE ALONSO DE HERREROS 1571

 

  TESTAMENTO DE ALONSO DE HERREROS 1571

 In dey nomine amén, sepan cuantos esta carta de testamento y última voluntad vieren como yo el Dr. Alonso de Herreros, vecino y natural de la villa de S. Clemente, estante al presente en esta muy noble y muy leal Ciudad de Cuenca.

Estando enfermo de enfermedad que dios ntro sr fue servido de mandar, en mi libre seso y juicio natural, recelándome de la muerte, de la cual ninguna criatura puede escapar, creyendo como firme y verdaderamente creo en la santísima trinidad, padre hijo y espíritu santo, que son 3 personas y 1 solo dios verdadero, y todo aquello que bueno y fiel cristiano debe tener y creer.

Protesto vivir y morir en la santa fe católica, y con esta fe y creencia así para descargo de mi conciencia, como para aclaración de mi hacienda. Otorgo y conozco que hago y ordeno este mi testamento a loor y alabanza de dios ntro sr, y de la bienaventurada virgen Sta. María, su bendita madre ntra sra, a la cual humildemente ruego, pido y suplico sea mi intercesora y abogada, con mi sr Jesucristo tenga por bien de librar mi anima, y la llevar a su santa gloria, y ordeno mi testamento de la forma siguiente:

- Primeramente, encomiendo mi anima a dios ntros sr, que la crió y redimió por su preciosa sangre. Y el cuerpo a la tierra donde fue formado y criado.

- Mando que cuando ntro sr fuese servido de me llevar de esta presente vida, si muriese en esta ciudad de Cuenca, mi cuerpo sea depositado en la iglesia del sr S. Juan, parroquia de esta ciudad y allí quede depositado, y después sea llevado a la villa de San Clemente , a la iglesia parroquial del sr Santiago, a la capilla que en ella está de la advocación del sr S. Antonio, que la fundaron mis padres y abuelos, y allí sea yo enterrado con ellos, y esta es mi voluntad.

- Mando que el día de mi enterramiento se lleve mi cuerpo a depositar a la iglesia de S. Juan, y para ello vaya el cabildo de ntra sra de la Soledad y lleve su cera y se le pague lo acostumbrado.

- Mando que el día de mi enterramiento se diga en dicha iglesia una misa cantada si fuere por la mañana, y si no a otro día siguiente.

 Y se digan las otras misas rezadas que se pudieren decir, se lleve cera y ofrenda sobre mi sepultura, lo que se acostumbre a llevar, a disposición y voluntad de mis cabaceleros.

- Mando durante el año de mi fallecimiento se lleve añal sobre mi sepultura, cera, pan y vino, el cual se lleve a la iglesia de S. Clemente, donde ha de ser llevado mi cuerpo y sepultado. Y esto se haga por orden de mis cabaceleros al cura de dicha iglesia. Y lo mismo se haga cumplimiento de novena y cabo de año.

- Mando que durante el año de mi fallecimiento a la más brevedad que pudiere ser, se digan por mi anima en la iglesia de S. Clemente y en dicha capilla que me han de enterrar, 200 misas que las digan los clérigos que sirven los beneficios de dicha iglesia.

- Digo y declaro que en cuanto a lo que yo debo, y a mí se me debe, yo lo daré por un memorial firmado de mi nombre a este presente escribano, y aquello que en dicho memorial apareciese es verdad, y quiero que se cumpla, y no lo pongo en este testamento por evitar prolijidad.

- Declaro que fui casado por primera vez con Dª Ana de Herreros, la cual por su testamento con que murió y mío, porque ambos hicimos testamento ante Francisco del Castillo Villaseñor, escribano que fue de la villa de S. Clemente.

El cual testamento se hizo cerrado y por el Dª Ana de Herreros y yo hicimos un patronazgo de unas casas principales en la dicha villa con lo demás anejo. De lo cual yo quede patrón y sucesor, y después de mí el hijo que dios de diere de legitimo matrimonio con la mujer que yo casase, siendo limpia de su linaje, llamándose por nombre Antonio, según y como en dicho testamento y donación. Y yo hasta ahora como sucesor de dicho vinculo y patronazgo lo he tenido y gozado y beneficiado, y tengo y gozo. Y desde luego para después de los días de mi vida nombro en el a Antonio de Herreros y Villarreal, mi hijo legítimo de Dª Ana de Villarreal mi legitima mujer y del segundo matrimonio y suyo.

Interior de la Iglesia de Santiago Apóstol de San Clemente. Autor foto; Turismosanclemente.com

 - Digo y declaro que atento a la gran merced de mejoría que mi sr Francisco de Villaviciosa, clérigo cura de Chumillas y Solera ha hecho, por su voluntad propia y bondad a favor de dicho Antonio de Villarreal y Herreros mi hijo y de la dicha Dª Ana Muñoz de Villarreal su sobrina, por socorrer nuestras necesidades y deudos suyos, que penden en trabajos. Por la donación que en su favor hizo ante Bartolomé Ximénez escribano de esta ciudad en 7 noviembre de 1570. Y por la mucha utilidad que al dicho Antonio de Villarreal Herreros se le ha seguido del patronazgo que le hizo Francisco de Villaviciosa, y porque con ello puede vivir muy principal y mejoradamente.

Nombro para el dicho patronazgo de las casas de S. Clemente y lo a ella anejo a Francisco Antonio de Herreros, mi segundo hijo y de dicha Dª Ana Muñoz de Villarreal, y después de el a sus hijos y descendientes. Si muriese nombro a Diego de Herreros mi 3º hijo y de Dª Ana Muñoz, y después a sus hijos y descendientes.  Si el muriese nombro al pariente mío más próximo.

- Declaro que algunas mandas del testamento de la dicha Dª Ana de Herreros no se han cumplido, ha sido porque son para después de los días de mi vida.

Y por ciertos pleitos que me han movido duedos suyos, que penden en la real audiencia de Granada y los que me han puesto sobre tales mandas y lo demás. A quien se hizo mandas por el dicho testamento, han pedido las tales mandas, por haberse puesto pleitos para la causa ante el secretario Jerez y la sala de D. Diego de Zúñiga. Y esto declaro para que se sepa ante quien y como penden las dichas causas.

- Mando declaro y es mi voluntad que Dª Ana Muñoz de Villarreal sea tutriz y curadora de sus hijos y míos, mientras no se case, y que ninguna persona se la pueda quitar, y esta es mi voluntad.

- Declaro que recibí en dote y casamiento con la dicha Dª Ana Muñoz de Villarreal más de 2.000 ducados, según esta declarado en escritura de dote que paso ante Bartolomé Ximénez escribano. Y yo le hice de arras 500 ducados.

Es mi voluntad que se preferida y pagada de mis bienes y de lo mejor parado de ellos, y sea pagada además de otras cantidades de dineros y trigo y otras cosas que nos ha dado el dicho sr Francisco de Villaviciosa. Lo cual el mostrara por sus memorias y papeles a cuenta de lo que ha cobrado del obispo D. Miguel Muñoz.

- Declaro que Dª Ana Muñoz de Villaviciosa que para algunos censos y deudas que yo debo, que los bienes que menos perjuicio haya los venda y se quiten censos y se paguen deudas de la mejor manera que ello pudiere, aconsejada para la orden que se ha de tener de personas que lo entiendan, y así se lo encomiendo y encargo.

- Mando que si alguna persona viniese pidiendo que yo le debo algunos mrs u otras cosas, siendo hasta 100 mr se le pague de mis bienes jurando, y si fuese más cantidad mostrando escritura o recaudos bastantes, se le pague de mis bienes.

- Mando a Sta Olalla de Barcelona y Sta Mª la Mayor de Cuenca y a las demás ermitas y santuariso acostumbrados a cada uno 2 r.

- Cumplida mi anima, mandas, legados y pías causas y todo lo que en este mi testamento y en el memorial que yo diere como arriba esta dicho, que lo remanente de todos mis bienes muebles y raíces, derechos y acciones, yo instituyo por mis herederos universales de todos ellos a los dichos Antonio de Villarreal Herreros, Francisco de Herreros y Diego de Herreros, mis hijos legítimos y de la dicha Dª Ana Muñoz de Villarreal, y les encargo que vivan en paz y con mucho amor como buenos hermanos.

- Y para cumplir y ejecutar este mi testamento y lo que en el mando, dejo por mis albaceas testamentarios al sr Francisco de Villaviciosa clérigo, a Miguel Muñoz clérigo cura de Solera y Chumillas y a la dicha Dª Ana de Villaviciosa mi mujer, para lo que se hubiere de hacer en la villa de S. Clemente cumplido este mi testamento.

- Dejo por testamentarios Francisco de Herreros mi hermano y al sr D. Francisco de Valdés cura de la villa de S. Clemente y al sr bachiller Alonso Ruiz de Villamediana, a los cuales juntamente y a cada uno de ellos por si doy poder cumplido para que de su propia autoridad y sin proceder de justicia alguna, que tomen de mis bienes lo que bastara y los vendan, y de su valor cumplan este mi testamento y las mandas contenidas.

  Y por este, mi testamento revoco y anulo y doy por ninguno otro cualquier testamento o codicilo, que antes de este haya hecho por escritura o por palabra, para que no valga salvo este que ahora otorgo.

     Cuenca 1 mayo 1571.

Testigos Juan de Rabanal clérigo, Jerónimo de Barbatona, José Rayado y Leonardo Ruiz y Pablo de Montoro sastre, vecinos de esta dicha ciudad.

 Mando se den de limosna 2 ducados a la iglesia de S. Clemente y 1 ducado al monasterio de S. Francisco de dicha villa de S. Clemente.

                                                  MEMORIAL

Memorial de los mrs que yo el Dr. de los Herrero vecino de S. Clemente debo a las gentes:

 - 100 duc. a censo de Alonso Mtnez Bermejo el viejo, mi pariente.

- 100 duc. a Benito del Moral vec. de S, Clemente.

- 100  duc. al Lcdo Guedeja, vec. de S. Clemente, relator de su majestad.

- 200 r. de Martín de Buedo Heredia vec. de Vara de Rey.

- 250 r. a Hernán Gonzalez Coronado clérigo de S. Clemente, como sabe el

  capellán Herreros, por razón de la 3ª parte de censo que tome yo de la misa

  que se había de decir por Dª María de Herreros, mi prima, a cuenta de

   Hernando Pacheco su hijo.

- 20 r. a Catalina de Villamediana beata, por razón de censo que mi suegra

  Juana de Monteagudo, madre de mi 1ª mujer, le dejo por sus regalos.

- 150 duc. al sr. Pedro Carrasco el viejo, mi primo hermano, vec. de Albacete,

   como consta de escrituras de pago que sabe el sr Diego Carrasco alférez,

   mi sobrino y mi sra Dª María su mujer, mi sobrina, a intersección de Castillo

   y del buen sr Juan Carrasco mi sobrino, vec. de La Roda.

- 100 duc. en la villa del Corral, que tome para el pleito grande de mi limpieza, juntamente con mi sobrino el sr Alonso Ramírez de Arellano hijo de Dª Catalina Herreros, mi hermana.


Y se tomaron de Lillo o de Villar de Cañas, del sr. Juan de Garci Álvarez, y se pagaron algunos réditos, como tiene cuenta el sr Alonso Ramírez, que por amor de dios, pues yo tome la causa y el pleito por todos, y me ayudaron poco, siendo la causa principal suya por razón del colegio, que hicieron y dio a su hermano el Lcdo. Antonio Ramírez, que dios perdone, y por los Gines de Corral y en Villaescusa.

 Que por amor de dios lo paguen y se ayuden, que yo no tengo fuerzas ni con qué.

- Al Lcdo. Ramírez lo tuve en mi casa a toda costa de mozo y paje, como si fuese mi hijo, y cuando murió en Sto. Domingo no me habia pagado nada.

 Hizo herederos a sus hermanos, y 80 duc. de censo que yo y mis hermanos nos obligamos por el al Ldo. Guedeja. Mando en su test. se le pagasen de lo mejor de su hacienda.

 Y así la justicia de Sto. Domingo lo hizo y se dio aviso a la corte al Lcdo. Guedeja, pretendiendo era de otra cosa de juego de sus hijos, siendo la pura verdad que eran de dicho censo.

 Y yo me obligue por él, como es público en S. Clemente, y lo sabe el sr. Villamediana y su mujer y Elvira de Vargas, y mis hermanos. Que se los llevaron a El Corral por seguir en su colegio de S. Bartolomé.

  Y el censo lo tomamos mi hermano Francisco y su mujer, y yo debo 35 duc. y no más.

- Declaro que, para el pleito de todos, nos obligamos 150 duc. además de los de arriba dichos, de la Sra. Dº Juana de Olivares, mujer del bachiller Mula, del Castillo de Garcimuñoz.

 Y mi hermano Francisco y yo hemos pagado nuestra mitad de los réditos, y tenemos carta de pago, y todo lo restante que se debe es a cuenta de Cristóbal de Herreros y de Diego de Haro.

- Declaro que para dejar pagada la misa perpetua que Dª Ana Herreros mi primera mujer y yo instituimos por ntro. testamento, trate con el Lcdo. Andrés Ramírez de Alarcón que los 1.000 mr que el dicho mesón tenia de censo perpetuo, con otros 500 mr que así mismo tiene de censo la casa de Gines de Llanos, y el estiércol de dicho mesón quedase para mí.

 Con que yo me obligue al censo a quitar por 70.000 mr a un capellán suyo de su capilla que tiene en Villaescusa, pagándoselos yo, el dicho mesón quedase por mi libre para perpetuar dicha misa, como parecerá por escritura que está en poder del bachiller Palomares, capellán del dicho Ldo.. Ramírez de Alarcón.

 Y declaro que la dicha Dª Ana de Herreros mi 1ª mujer me dejo toda su hacienda, quiero que la dicha misa se diga perpetuamente, como ella y yo lo mandamos.

 Y así declaro y ruego a Dª Ana Muñoz de Villaviciosa mi mujer y a mis cabaceleros, que con todo cuidado y diligencia procuren que la dicha misa se diga perpetuamente, de la mejor manera que se pudiere hacer y hubiere lugar para ello.

- Digo y declaro que tengo obligación por el dicho testamento de hacer unas almáticas para la capilla del sr. S. Antonio que tengo en S. Clemente, que fundaron mis pasados, mando que se hagan conforme al testamento que yo y la dicha mi mujer hicimos.

- Declaro debo al bachiller Palmero residente en Villaescusa de Haro, ciertos mr de resta de los réditos corridos de censo, el cual lo hizo muy conmigo. esperando por ellos a plazo pasado, porque podía haber cobrado de mí y darme molestias. Mando se le pague todo aquello que pareciere yo deberle.

- Declaro debo a Juan de Perona el viejo, vec. de S. Clemente 180 duc. de principal de censo, y de réditos 20 duc. poco más o menos. Mando se le paguen y se contente con la mejor orden que pudiere ser, aunque espere por alguna parte de ellos.

- Declaro tengo ciertos pleitos en Granada que, si siguen por voz y en nombre de mis hijos, contra Antón García y su hermano y Hernando de Ludeña, que se cobre lo que me debieren, con toda paz y amor y buenos medios, quitando y apartando todo rencor y odio, porque esta es mi voluntad.

- Declaro tengo presentada demanda ante el gobernador del Marquesado contra censo de mis deudos obligados conmigo.

 Sobre que se iguales en partes, contribuyéndonos a todos los gastos de vista y revista y los demás necesarios que trate sobre la limpieza de nuestro linaje. Yo tengo gastado mucha suma de mrs. mando que los dichos mis deudos contribuyan con sus partes, cada uno lo que debiere, para ser pagado yo de lo que tengo gastado. Y si no se sigue la causa contra ellos, la cual para ante Antonio López de Belmonte, escribano ya difunto, se siga ante otro escribano, que en sus registros sucedió, o ante quien se deba seguir, para que yo y mis herederos seamos pagados de lo que así tengo gastado.

 - Declaro que debo 12 duc. que me presto el Lcdo. Cristóbal Picano, que fueron para venirme a mi casamiento, que se le pague a él o a sus herederos.

- Declaro que de los 80 r que debo a Sebastián Simón vec. de S. Clemente, mando se le paguen, es la deuda de un marranchon que me dio.

- Mando se pague al sr. Villamediana 28 fanegas de cebada que me presto, como el sea servido.

  Y contento que dios sabe que no he podido más.

- Debo a Juan Ochoa Mondragón, abastecedor, por un cono, 150 y tantos reales, que se le pague de mis bienes.

- Debo a Pedro de Cuenca por una obligación de cierta cuantía, de un poco de paño pardo, que sea pagado de mis bienes.

 Hay obligación ante Francisco Simón, escribano, y en casa de Mansilla, mujer de Simón López sastre portugués, quedo el paño para que se vendiese y se pague al Merchante mi criado, si no se ha hecho, se haga.

- Debo a Alonso Gómez vec. de Sisante, mi criado, 5 duc. de servicio que me hizo, este asentado en un libro, mando se le pague de mis bienes.

- Digo me debe Diego de Coimbra ya difunto, vec. que fue de S. Clemente más de 80 y tantos reales, de alquiler de una casa mia, mando se le cobre.

  Y declaro le tengo embargados por autoridad de justicia ciertos bienes.

- Declaro que Ballestero mi amigo y criado viejo, quedo en mi casa, que el dará cuenta buena de los machos que vendió y de los demás que tiene a su cargo, como hombre que es de buena ayuda. Y le ruego no deje de guardar la suerte de mi mujer e hijos, que tengo confianza que lo hará así.

- Me debe Antonio García vec. de S. Clemente 5 fanegas de cebada, mando se le cobre.

- Si apareciere que me debe alguna persona, se cobre de ellos y si fuera yo quien debo se pague.

- Declaro fui fiador de Juan de Barrionuevo vec. de Chinchilla, de unos carneros juntamente con Francisco Garcia de hasta 5.000 mr que el pago a Pedro de Villalgordo los dichos 5.000 mr.

- Declaro fui fiador de Hernán Pacheco, sr de Minaya ya difunto, de hasta 200 r. y su mujer Dª María de Avilés, mando se cobre. Porque el sr. de Minaya tiene descargo por su hermano y otras cosas que pague por Dª Mencía su nieta, como aparcera. Y también Dª María su nieta, que murió en la casa de las ventas de Albacete, que todo lo tengo en un cajón de mi estudio.

- Tengo empeñado un anillo de oro y un diamante que el Dr. Rodrigo López médico de S. Clemente por 21 r. que se lo paguen y se cobre el anillo.

- Digo que, entre hermanos y sobrinos míos, cuentas que hubiere declaradas, se liquiden y se paguen.

- Digo que traje de Granada dos espadas acanaladas hasta la punta, de mano de Lope Aguado espadero, a 2 secretarios y oficiales del Sto. Oficio. Y por mis ausencias no he podido cobrarlas, tengo dados 6 r. en señal al dicho Lope Argudo, y le debo 27 r. que por este precio las concerté, como bien sabe el sr Villamediana. Que se le paguen al dicho espadero.

Que se vaya a casa del sr. inquisidor Briceño, que su sobrino lo sabe, siendo testigos Francisco de Villaviciosa clérigo y Juan Manzano vec. de S. Clemente.

 - Declaro que la Sra. Ana Sánchez mi suegra, me debe de resta de dote 17.700 mr mando se cobre para mi mujer e hijos.

 

GENEALOGÍA

 - Miguel Sánchez de los Herreros y Teresa López Macacho fundaron la capilla de S. Antonio, padres de;

1. Antonio Francisco casa con Juana López de Monteagudo.

   1.1   María que casó con Hernán Gonzalez Pacheco.

   1.2   Isabel que casó con Diego Pacheco

   1.3   Teresa que casó con Antonio Ruiz de Villamediana.

   1.4   Ana que casó con Dr. Alonso de Herreros.

2. Francisco de Herreros, padre de

    2.1   Francisco

    2.3   Dr. Alonso de Herreros

    2.4   Catalina que casó un Ramírez de Arellano

3. María López casó con Hernán Vázquez de Haro.

4. Bernardino que casó con Inés de Alarcón.

5. Sancho López de Herreros.


Autores

Jualina Toledo Algarra

Sebastián Hernández de Luján


BIbliografía

AHPC Protocolo notarial nº 324 escribano Diego Jiménez



 


Comentarios