CONTRATO PARA LA FABRICACIÓN DEL RETABLO DE CAÑETE CON JUAN DE VILLAR, ESCULTOR Y MARTÍN GÓMEZ Y JULIÁN DE MENDRACA PINTORES

CONTRATO PARA LA FABRICACIÓN DEL RETABLO DE CAÑETE CON

 JUAN DE VILLAR, ESCULTOR Y MARTÍN GÓMEZ Y JULIÁN DE

 MENDRACA PINTORES

 

En la muy noble y muy leal ciudad de Cuenca a 21 febrero de 1603, comparecieron de presente de una parte:

- Urban de Barrasa Zapata y Pedro Merchante alcaldes ordinarios y vecinos de la villa de Cañete.

- Diego José de Montoya, alcalde.

- Juan del Villar escultor, Martín Gómez y Julián de Mendraca pintores, vecinos de la dicha ciudad.

Dijeron que por cuanto el concejo y fábrica de la iglesia de la dicha villa de Cañete, tienen concertado con los dichos Juan del Villar, Martín Gómez y Julián de Mendraca, que hagan un retablo para la iglesia de la dicha villa. En la forma y orden que esta una traza, que por ellos se ha hecho, que al pie de ella está firmada de mí el presente escribano, y para ello ambas partes han de cumplir las condiciones y capítulos siguientes:

 - El dicho retablo tendrá el alto que fuere menester, desde el altar mayor de dicha iglesia hasta llegar al amaderamiento de la dicha iglesia.

- Ha de tener de anchura 27 cuartas.

- Ha de tener el pedestal tallado de compartimentos.

- En la primera orden tiene que tener 4 tableros, y en medio de ellos 1 sagrario, que llegue desde el pedestal hasta el remate de la primera orden.

- En el tablero primero, junto al sagrario, a la mano izquierda, ha de haber una imagen de S. Pablo de bulto, y en el otro tablero junto a este, una imagen de S. Lorenzo de pincel.

- A la mano derecha junto al sagrario, una imagen de S. Pedro de bulto, y junto a él S. Esteban de pincel.

- Sobre el remate de los dichos 4 tableros y sagrario, ha de haber un cornisamiento liso, sin talla.

Iglesia de Santiago de Cañete. en www.villadecañete.com

Y encima de él otros 4 tableros, y en medio de ellos una imagen del sr. Santiago a caballo, de medio relieve, con su historia. Junto a él, en la parte izquierda la imagen de S. Juan evangelista de bulto, y junto a él en el otro tablero, S. Jerónimo de pincel. A la mano derecha, junto al sr. Santiago, S. Juan Bautista de bulto, y junto a él S. Francisco de pincel.

 - Entre los dichos tableros e imágenes, ha de haber sus columnas, que son 12 columnas, 6 primeras dóricas y torcidas, y las segundas orden jónicas y torcidas.

- Sobre las dichas 2 órdenes, ha de haber otro cornisamiento liso, con una imagen de ntra sra del Populo, encima de pintura, y al lado izquierdo la imagen del sr. S. Blas de Bulto, y en el remate junto a S. Blás, la Adoración de los Reyes de pincel.

 A la mano derecha del retablo de ntra sra del Populo, la imagen del sr. S. Julián de bulto. Y en el remate de junto a él, el Nacimiento de ntro sr. de pincel. Y el remate del dicho retablo, encima de ntra sra del Populo, un Dios Padre de bulto. Y toda la dicha obra, ha de ser con el hornato y forma que es la dicha traza, se declara y muestra.

 - A los 2 lados del altar mayor, debajo de dicho tablero, ha de haber 2 escudos de las armas de su señoría el marqués de Cañete, señor de dicha villa, de bulto sobre madera, conforme a la dicha traza.

- Las columnas de dicho retablo, han de ir doradas de alto abajo, de oro liso bruñido, todas alrededor.

 

De suerte que en ellas no parezca haber ninguna falta de oro, y las figuras de bulto han de ir doradas y estofadas, y el vestido de tela de oro, según y del color que conviniera a cada santo. Y las orillas de los vestidos y orlas, han de ir estofadas a punto de pincel, de todos colores.

- El sagrario ha de ser todo dorado por dentro, desde el pedestal hasta el alquitrabo, y por fuera todo lo que se pudiera alcanzar a ver, de oro liso bruñido, conforme a la traza.

Y el friso de dicho sagrario ha de ir estofado a punto de pincel y las figuras que lleva dicho sagrario, han de ser de la advocación que el concejo de la dicha villa pidiere.

 - Los tabernáculos y enconamientos donde han de estar las imágenes de bulto, ha de ser dorado todo lo que se alcance a ver con la vista y descubrir, de oro liso bruñido, y lo que no se alcance a ver, ha de llevar un color, el más conveniente.

- Las basas y sotabasas de dicho retablo, ha de ir dorado y pintado conforme a la traza, de pintura al óleo, con colores finos, barnizado en toda perfección.

- Los frisos y cornisamentos, han de sr dorados y grabados con los colores que más convengan a la suntuosidad del dicho retablo.

- Los tableros de pintura han de ser al óleo, con los santos señalados, y acabados de toda perfección.

   En dicho lienzo han de poner los dichos Juan del Villar, Martín Gómez y Julián de Medraca.

- Las figuras de escultores se han de hacer labradas con la perfección necesaria, redondas y de mano de Juan del Villar, de madera seca y buena a propósito.

   Excepto la historia de la imagen de Santiago ha de ser de medio relieve.

- Todo el maderamiento de dicho retablo, se ha de hacer de ensamblaje y de la orden referida en esta escritura, con la perfección de columnas y cornisas, pedestales y demás órdenes.

- Toda la obra de talla, escultura y pintura, se ha de hacer en la villa de Cañete, comenzando el 1 marzo de este año.

- Los dichos escultores, pintores, han de hacer la obra de talla, pintura, lienzos y maderos y todo lo demás, a su costa, sin que el concejo tenga obligación a darles materiales ningunos por ella.

- Dicho retablo y pintura han de ser con toda perfección y que valga la talla y pintura hasta 1.500 duc. a tasación de personas puestas y nombradas por ls dicha villa, que entiendan y sean oficiales de dicho arte, y tasadas por ellos.

- Toda la dicha obra, se ha de dar acabada y asentada de todo punto, ara fin del mes de marzo del año venidero de 1605.

 

Los 1.100 duc. se les dará de la forma siguiente:

     - 2.000 r. dentro de 3 días, de cómo comienza la obra.

     - 1.540 r. en 110 fanegas de trigo, a 14 r. la fanega.

     - 460 r. restantes, se les ha de dar el mayordomo de la iglesia, en dinero de

        contado para fin de agosto de este año.

     - 1.000 r. les dará el mayordomo.

     - 1.400 r. para el mes de septiembre en dineros, en 100 fanegas de trigo,

        que hace merced D. García Hurtado de Mendoza, marqués de Cañete, con

         el expreso aditamento para ayuda a pagar el retablo.

 - El 1 marzo se le pagara 1.600 r. de los que el sr. D. Pedro de Mendoza hace merced a dicho concejo para el plazo de los 6 r. que ha de pagar el concejo y fábrica de la dicha villa. Porque, aunque D. Pedro hace merced de 2.000 r. para el retablo y otros 1.000 r. cuando esté acabada y asentada. Aunque su señoría y el dicho D. Pedro y mayordomo, no pagasen lo referido, queda todo a cargo del concejo, y de los dichos Urban de Pedro Merchante y Diego José de Montoya.

 - 2.600 r. se les pagara cuando este acabada, de las mandas del sr marqués y D. Pedro han hecho. - 3.500 r. se les pagara el día de S. Miguel del año 1607.

Si no se cumpliesen los pagos, la dicha villa, escultor y pintores, y los dichos Urban de Barrasa, Pedro Merchante y Diego José de Montoya, en su nombre se obligan a pagar cada uno de ellos, 1 duc. por cada día que no se cumpla el pago.

El concejo ha de dar casa y aposentos convenientes, para poder hacer la pintura y escultura de dicha obra. En que puedan habitar sus personas y los oficiales que entiendan dicha obra, a costa de dicho concejo. Los dichos Urban de Barrasa, Pedro Merchante y Diego José Montoya, y cada uno de ellos, por sí y por sus personas, se obligan con sus bienes y personas.

 

Autores

Juliana Toledo Algarra

Sebastián Hernández de Luján

 

Bibliografía

AHPC. Protocolos notariales. Escribano Gabriel Valenzuela. N 53

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