
Entre los acuerdos de este contrato se estipula que Miguel podría no acudir a la llamada de Miliana para acompañarla si se encontrase enfermo o trabajando fuera de la villa. A cambio, disfrutaría de la casa que antes fue de Josep Hernández, recibiría un almud de harina, dos carretadas de leña al año y un vestido y sombrero negro que sería suyo si al menos trabajar un año y medio seguido. Por supuesto, el carro y las mulas corrían a cargo de la contratante.
Autores:
Sebastián Hernández de Luján
Jualiana Algarra Toledo
Bibliografía
Martín de Cubas. 1622. Protocolos notariales AHPC. P 2116
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